En la 15° Sesión Pública de Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua (TEE), realizada este jueves 28 de marzo de manera híbrida, se resolvió un Juicio Electoral, identificado con la clave JE-047/2024, en donde un grupo de Diputados de Morena, impugnaron el acuerdo de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral (IEE), emitido dentro del Procedimiento Especial Sancionador IEE-PES-034/2023, por que a consideración de los impugnantes, la responsable se extralimitó y excedió sus funciones al señalar las conductas que se les atribuyen.
Al respecto, el Pleno del TEE, en primer lugar, declaró improcedente el juicio respecto de la Diputada Rosana Díaz, porque su medio de impugnación carecía de firma autógrafa.
En segundo lugar, declaró infundados los agravios planteados por las y los Diputados del Grupo Parlamentario de Morena que impugnaron, porque, contrario a lo alegado por estos, en los procedimientos especiales sancionadores iniciados por la supuesta comisión de Violencia Política en Razón de Género, la autoridad que lo tramita debe informar de manera íntegra los hechos y las conductas que se les atribuyen a los presuntos responsables, que serán materia de la investigación, así como los preceptos y leyes aplicables al caso, a efecto de que puedan ejercer su derecho de defenderse adecuadamente.
En consecuencia, el TEE confirmó el acuerdo controvertido.