La LXVIII Legislatura del Congreso de Chihuahua aprobó y envió al Congreso de la Unión una iniciativa de decreto que busca reformar la Ley Sobre el Contrato de Seguro y la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, con el fin de acabar con las demoras injustificadas en el sector automotriz.
La propuesta, presentada ante el Pleno por el diputado Francisco Sánchez Villegas, en voz de la Comisión de Justicia, tiene como objetivo principal proteger a los asegurados de los “atrasos injustificados en la reparación, entrega o indemnización” de sus vehículos tras un siniestro, una problemática recurrente que menoscaba los derechos del consumidor.
Plazos Máximos y Transparencia Obligatoria
La iniciativa establece plazos perentorios para las empresas aseguradoras y refuerza la obligación de información:
- Daños Menores: Plazo máximo de 30 días naturales para la reparación y entrega del vehículo.
- Daños Mayores: Plazo máximo de 90 días naturales para la reparación y entrega.
- Pérdida Total: La indemnización deberá realizarse en un máximo de 15 días naturales después de recibir la documentación completa del asegurado.
Además, las aseguradoras estarán obligadas a informar semanalmente al asegurado sobre el avance de la reparación, el estado de las piezas, la fecha estimada de entrega y los datos de contacto del taller responsable.
Sanciones Económicas en Caso de Incumplimiento
Como medida de presión, se plantea una doble sanción en caso de incumplimiento por parte de la aseguradora o sus proveedores:
- Multa Directa: Se establece una sanción de 500 a 2,000 días de salario a la institución aseguradora que incumpla con los nuevos plazos y obligaciones de la ley.
- Gastos al Asegurado: La CONDUSEF podrá obligar a la aseguradora a pagar al cliente los gastos comprobables de transporte que haya generado la demora, además de otras sanciones.
La iniciativa, originada por el Grupo Parlamentario de Morena, solo permite recorrer los plazos en casos de caso fortuito o fuerza mayor, como el desabasto generalizado de refacciones, siempre y cuando se notifique de inmediato al asegurado.